miércoles, 26 de julio de 2017

Nuestro equipo de trabajo.

Valeska Andrea León Varas, 34 años, Madre de 4 hijos, casada. Egresada de la Carrera Técnica de  Secretariado Administrativo, actualmente desempeñándome en una empresa dedicada a la venta y elaboración de alimento para animales.
Por mucho tiempo postergue mis sueños por el bien estar de mi familia, pero hoy decidí que ya era mi turno para desarrollarme como persona y cumplir mis sueños, en la actualidad estudio la carrera de Técnico en Administración de Empresa Mención en Recursos Humano en la casa de estudios AIEP cursando el Primer año .

“Nunca te canses de intentar que tu vida sea mejor, la perseverancia siempre tiene su recompensa”






Deisy Silva Rivera, 34 años de edad, egresada de  Técnico Jurídico, madre, trabajadora  y estudiante de  la carrera Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas con mención Recursos Humanos  de Aiep.
Todos tenemos sueños inconclusos, todos tenemos alguna meta que cumplir, este es mi sueño, esta es  mi meta: estudiar, fallar, aprender y lograr.




"Lo que se escribe sin esfuerzo generalmente se lee sin placer"
(Samuel Johnson).






Andrea Elena Lagos Varas, 46 años, madre de dos hijos, administrativa, actualmente trabajo en la SEREMI de Salud R.M.,  en el Subdepto. De Recursos Humanos, estudio la carrera de Ingeniería de ejecución en Administración de Empresas con mención en Recursos Humanos.
Siempre me ha gustado ayudar a las personas, en esta área me siento cómoda, llevo mucho tiempo trabajando en Recursos Humanos, tanto en la empresa privada como pública, tengo vocación para desarrollarme en esta labor, motivo por el cual me decidí a estudiar, era uno de mis sueños inconclusos, estudiar una carrera profesional y que mejor que esta.




“Nunca es tarde para estudiar y cumplir tus sueños, Anímate, sólo tienes que perseverar y tener las ganas de superarte”.


Sandra Valeria Morales Sepúlveda, 33 años, madre de 4 hijos, dueña de casa, trabajo en horario  part time el fin de semana.
Actualmente curso la carrera de Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas con mención en RR.HH.
Siempre quise continuar estudios superiores, pero por diferentes situaciones no lo pude concretar, este año tome la decisión de seguir una carrera para demostrar que nunca es tarde para seguir estudiando y seguir creciendo como persona y en lo profesional . Tengo la convicción que con la decisión que tome seré un ejemplo para mis hijos al decirles con mi esfuerzo que nunca es tarde para lograr los objetivos.





“Las grandes almas tienen voluntades, las débiles tan solo deseos”



Análisis de puesto.

¿Qué es un puesto?
Es un conjunto de funciones (conjunto de tareas o de obligaciones con una posición definida en la estructura organizacional. La posición define las relaciones entre un puesto y los demás de la organización. (Chiavenato, pág. 203)

El análisis de puesto, consiste en recabar toda la información sobre los diferentes trabajos de manera sistemática, evaluar y organizar.  Es muy útil el organigrama para analizar un puesto, ya que permite conocer la ubicación de cada puesto, sus relaciones, clasificación de las funciones, las líneas jerárquicas. (Werther and Davis, pág. 91)




“A menos que una persona emprenda más tareas de las que puede llevar a
cabo, nunca conocerá sus límites”.
Henry Drummond,
filósofo francés del siglo xi.

Te invitamos a ver este link: http://psicopico.com/analisis-puestos-trabajo/

Autor: Sandra Morales.


Competencias Laborales.

¿Qué son las Competencias?

Consisten en la capacidad de vincular los conocimientos teóricos de las personas (“Saber”), con ciertas destrezas prácticas (“Hacer”) y actitudes (“Ser”), en un Saber Hacer.

Las competencias son la capacidad de un buen desempeño en contextos complejos y auténticos.  Se basa en la integración y activación de  conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores.

Tenemos tres tipos de Competencias:
Competencias Básicas: Adquiridas en la Educación Básica.
Competencias Genéricas: Son conductuales, tales como: actitudes, conducta, valores, preferencias.
Competencias Técnicas: Son funcionales, que se adquieren con los conocimientos técnicos de una ocupación específica.

Las Competencias Labores, según la Ley N° 20.267, son todas las actitudes, conocimientos y destrezas necesarias para cumplir exitosamente las actividades que componen una función laboral, según estándares definidos por el sector productivo. (Chile Valora).



http://www.chilevalora.cl/competencias-laborales/



Autor: Andrea Lagos.

10 Tips de evaluación de desempeño




La gerencia siempre debe esforzarse, por ofrecer una evaluación formal del desempeño de cada empleado por lo menos una vez al año. Te presentamos 10 tips que deberías considerar a la hora de evaluar a un trabajador:
Informe a los empleados con anticipación de los estándares de evaluación del desempeño. Cuando contrata a un nuevo empleado o cuando se adoptan nuevos estándares, los supervisores deben actualizar las descripciones de puestos de trabajo y los formularios de evaluación del desempeño, y se debe dar copias a todos los empleados involucrados.




Entregue a los empleados retroalimentación significativa. Las evaluaciones vagas, generalizadas o subjetivas pueden dar pie a confusión.




Evita evaluaciones generalizadas. No digas que el empleado carece de habilidades en servicio al cliente. En su lugar, específica ejemplos, que lo ayudará a entender mejor dónde está el problema.




Evita juzgar la personalidad del colaborador. En su lugar, enfócate en su desempeño, encuentra las razones de por qué su evaluación, proporcionando soluciones viables, si las necesita. Anota los obstáculos que piensas que tiene el empleado y cómo crees que puede superarlos.




Crear seguridad. Lo creas o no, la gente que recibe retroalimentación la pone en práctica sólo el 30% del tiempo. Si la persona no se siente cómoda con los comentarios que le hacen, esto puede ocasionar que las observaciones terminen siendo improductivas.




Equilibrar las opiniones. Ofrece por lo menos, la misma cantidad de retroalimentación positiva que de observaciones negativas. Lo positivo estimula los centros de recompensa del cerebro, lo que deja al receptor abierto a tomar una nueva dirección.




Ser específico. La gente, por lo regular, responde mejor a la orientación específica y positiva. Evita decir cosas como: “necesitas ser más participativo en las reuniones”. Es demasiado ambiguo, y se puede interpretar de diferentes maneras. Mejor, di algo específico y positivo en relación con la tarea que quieras abordar, como:“tú eres listo, así que me gustaría escuchar por lo menos una opinión tuya, en cada reunión en que estemos trabajando juntos, para progresar”.




Actúa de inmediato. El cerebro adulto aprende mejor cuando se le sorprende en acción. Si esperas dos meses para decirle a alguien, que su trabajo está en el nivel promedio, él o ella no podrá captar los cambios que se requieren para modificar el rumbo. Es demasiado ambiguo y depende de la memoria. Por lo tanto, para que las observaciones se traduzcan en acciones, hay que hacerlas con cierta frecuencia.




Se imparcial. Al escribir evaluaciones de desempeño no incluyas acusaciones ni rumores. La evaluación debería ser general en cuanto al comportamiento de los empleados, incluyendo cosas positivas y negativas. También debería incluir elogios y criticas constructivas. La evaluación debería dar una visión completa del desempeño de los empleados y no solamente los puntos buenos y malos.




La evaluación es un Diálogo. Siempre debe oírse al evaluado.










Te sugerimos leer sobre “Evaluación de Desempeño” en el Libro de Administración de Recursos Humanos de William B Werther and Keith Davis. y "Desempeño por Competencias de 360°" de Martha Alles.

Autor: Valeska León.

Seguro de cesantía.

¿Qué es el seguro de cesantía?

Es un beneficio económico al que tenemos derecho todos los trabajadores que estamos regidos por el Código del trabajo.
Este  seguro obligatorio rige  desde el año 2002 y  se  forma con aportes del trabajador y del empleador; tienen derecho  todos los trabajadores que sean dependientes, que se rijan por el código del trabajo,  como también los profesionales de la educación, que laboran en establecimientos educacionales del sector privado y quienes prestan servicios en las municipalidades y cuya relación laboral está regida íntegramente por el Código del Trabajo.
A cada trabajador se le asigna una cuenta individual de cesantía, en donde mes a mes se depositan los aportes que conforman el saldo a favor del mismo trabajador.
Este seguro solo se podrá cobrar si por las siguientes causales se terminara la relación laboral
a) Que el contrato de trabajo haya terminado por alguna de las causales de los artículos 159, 160 o 161 del Código del Trabajo o por la figura del despido indirecto.
 b) Que el trabajador registre 12 cotizaciones mensuales, continuas o discontinuas, en su Cuenta Individual de Cesantía, desde su afiliación al seguro o desde la fecha en que se devengó el último giro a que hubiere tenido derecho conforme a la ley.

No es menos importante mencionar, que si el trabajador es finiquitado por alguna de las causales del artículo 161, el empleador podrá descontar el 1,6% de lo que haya depositado por ley al trabajador en su cuenta de cesantía, para esto el empleador deberá informarlo a la Administradora de Fondos de Cesantía, la que realizará el cálculo de los montos y los intereses generados, los que serán rebajados del saldo total.

El trámite para el cobro de este beneficio,  debe hacerlo el mismo trabajador, acercándose  a cualquier sucursal de AFC en  territorio nacional o bien si cuenta con su clave de internet (la cual se  solicita por mesón en sucursal), debe llevar cédula de identidad vigente y el documento que acredita el término de la relación laboral (carta de renuncia, finiquito).

Debemos tener claro que, una vez que el trabajador encontró trabajo y está utilizando el seguro de cesantía, sólo podrá  cobrar el mes en curso de beneficio si utiliza los saldos de su cuenta capital.

Seguro de cesantía solidario.

Para los trabajadores que no cumplen los requisitos anteriores, y han sido desvinculados, está la opción de cobrar  el seguro de cesantía solidario, para ello deben cumplir los siguientes requisitos: 
-Estar cesante.
-Tener 12 cotizaciones, continuas o discontinuas, dentro de los últimos 24 meses anteriores al despido, con la exigencia de registrar 3 cotizaciones continuas al fondo de cesantía solidario con un mismo empleador.
-Tener en su cuenta individual un saldo suficiente para financiar las prestaciones.
-Solo se podrá acoger si su finiquito es por causales del artículo 159, inciso 4 (vencimiento del plazo convenido), artículo 159, inciso 6 (caso fortuito o fuerza mayor) y por último 161 (necesidades de la empresa, establecimiento o servicio).

El trabajador con documento que acredite la condición de cesante, debe acercarse a la Omil de su comuna, la que se encuentra dentro de la municipalidad para hacer efectivo el cobro de este beneficio.

OMIL: Oficina Municipal de Intermediación Laboral o Información Laboral.

El trabajador deberá concurrir de forma mensual a la Omil, para que esta entidad vaya certificando de forma mensual la condición de cesantía.

El derecho a cobrar este seguro se pierde si el beneficiario rechaza una oferta de trabajo sin causa justificada, cuando el trabajo ofrecido por la Omil  ofrezca una remuneración igual o superior al 50% de la última recibida.

Se pierde también este derecho si el beneficiario sin causa justificada rechazara una beca de capacitación ofrecida por la Omil o en su defecto si aceptando la beca abandona el curso antes de haberlo terminado.

De más esta mencionar que este beneficio se  pierde al momento de que la persona pierda la calidad de cesante.

          ¿Quiénes no pueden cobrar el seguro de cesantía?

Quedan fuera del cobro de seguro de cesantía los trabajadores de casa particular, los menores de 18 años de edad, los pensionados (siempre que la pensión sea por invalidez parcial), los empleados públicos, los funcionarios de las FFAA y de Orden, los profesionales de educación que prestan servicios en el sector municipal regulados por estatuto docente y los funcionarios de la atención primaria de salud municipal, o todos los regidos por la ley  19.378.
Esperamos esta información haya sido de ayuda, pero si aún te queda alguna duda acá te dejamos el link de la dirección del trabajo en donde encontraras más información…

Trámites y plazos (licencias médicas)

¿Sabes dónde debes entregar tu licencia médica y los plazos de recepción?

Las personas dependientes no afiliadas a ISAPRES, deben presentarlas en la Subcomisión más cercana al domicilio donde se desempeña.  En cambio, las personas independientes, deben presentarla en la Subcomisión más cercana a su domicilio.

Las personas dependientes, deben presentar la licencia médica a su empleador dentro del plazo de dos días hábiles, contados desde la fecha de iniciación de la licencia, en caso de trabajadores del sector privado y tres días hábiles, para los trabajadores del sector público.

Las personas independientes deben presentar su licencia en la Subcomisión respectiva, dentro de los dos días hábiles siguientes, contados desde la fecha de emisión de la licencia, una vez que hayan completado los datos requeridos en el formulario.

El empleador tiene un plazo 3 días hábiles siguientes a la fecha de recepción, para presentarla en las Instituciones respectivas, una vez llenado el formulario y adjuntada la documentación, si corresponde.


¿Cuál es el plazo que tiene la COMPIN para pronunciarse sobre la licencia?

Según el Art. 24°, Dto. 3/84, “la COMPIN tiene un plazo de siete días hábiles para pronunciarse sobre la licencia, el que se contará desde la fecha en que el formulario se reciba en su oficina.  Este plazo podrá ampliarse por otros siete días hábiles en caso de que los antecedentes requieran estudio especial, dejándose constancia de este hecho”.   “Cuando a juicio de la COMPIN,… sea necesario un nuevo examen del trabajador o solicitar informes o exámenes complementarios para pronunciarse sobre la misma, el plazo se prorrogará por el lapso necesario para el cumplimiento de esas diligencias, el que no podrá exceder de 60 días, decisión que deberá ser comunicada al trabajador y empleador.




Si deseas seguir profundizando en el tema, lee el Dto. 3/84.

Autor: Andrea Lagos.

Subsidios por licencia médica.

¿Sabías qué para recibir el subsidio por incapacidad laboral (licencia médica), debes cumplir ciertos requisitos?

Según el DFL. 44/78, el Art. 4 dice:“Para tener derecho a los subsidios se requiere un mínimo de seis meses de afiliación y de tres meses de cotización dentro de los seis meses anteriores a la fecha inicial de la licencia médica correspondiente”.

Este requisito no corre si la incapacidad laboral si causa de accidente laboral. (Art. 6°, DFL. 44/78).
Para el cálculo, se toman las remuneraciones de los tres meses anteriores al inicio de la licencia médica (Art. 8°, inciso 2 y 3, del DFL. 44/78).

El cálculo que origine el permiso postnatal parental del art. 197 bis C° del Trabajo, será la misma del subsidio derivado del descanso maternal. (Art. 8°, inciso 5 del DFL. 44/78).

En caso de accidentes, el trabajador si no registra cotizaciones suficientes para enterar los meses a promediar, se considerará la remuneración mensual neta, establecida en su contrato de trabajo, las veces que sea necesario. (Art. 8°, inciso 6 del DFL. 44/78).

Los subsidios durarán hasta el término de la licencia médica, aún cuando haya terminado el contrato de trabajo. (Art. 15°, del DFL. 44/78).



Más información la encontrarás en el DFL. 44/78, sobre Subsidios por Incapacidad Laboral.

Autor: Andrea Lagos.

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