¿Cómo
trabajador que derechos tengo con respecto a
mi feriado legal?
Las vacaciones o feriado anual son un
derecho de todos los trabajadores, pero hay una serie de dudas sobre los
plazos, tiempos, sanciones, entre otras. El objetivo de estas preguntas es
abarcar de forma práctica las dudas legales más frecuentes.
1.
¿Cuántos días de feriado anual (en adelante,
vacaciones) me corresponden?
Un trabajador que
tiene 1 año de servicio, tiene derecho a un descanso de 15 días hábiles. Un
trabajador que presta servicios en la Región de Aysén, de Magallanes y la
Antártica chilena, y en la Provincia de Palena de la Región de Los Lagos, tiene
derecho a un descanso de 20 días hábiles.
2.
¿Se consideran como días hábiles los sábados?
No se consideran para contar los días de
vacaciones, por lo que en la práctica, se tienen 3 semanas de descanso.
3. ¿Cuántos días de
vacaciones me corresponden si llevo menos de un año trabajando? No le
corresponden vacaciones al trabajador, pero el empleador le podría dar,
voluntariamente, unos días de descanso, proporcionales a los meses que lleva
trabajando.
4. ¿Qué pasa si me
despiden o renuncio y llevo menos de un año trabajando?
Se debe pagar, como una indemnización, las
vacaciones de manera proporcional al tiempo trabajado, de acuerdo a la
remuneración íntegra del trabajador.
5. ¿Cuántos días de
vacaciones me corresponden si mi contrato es part time?
Como trabajador de
tiempo parcial, se tienen los mismos derechos de vacaciones que los
trabajadores a tiempo completo.
6. ¿Me corresponden
vacaciones si estoy contratado a honorarios?
En este caso no hay una relación laboral, sino
que una relación civil a honorarios, por lo que no hay una obligación de darle
vacaciones.
7. ¿Qué pasa si llevo
más de 10 años trabajando?
Se tiene derecho a un día adicional de feriado
anual por cada tres nuevos años trabajados a un mismo empleador. Por ejemplo,
si cumple trece años de trabajo en una empresa, tiene derecho a 16 días de
vacaciones, pero será responsabilidad del trabajador.
8. ¿Puedo decidir
cuándo tomarme vacaciones o lo decide el empleador?
El trabajador tiene
derecho a elegir la fecha de sus vacaciones, no pudiendo el empleador
alterarla, ya sea si desea adelantar o postergar la fecha de las vacaciones. En
el único caso en que el empleador puede postergar la fecha del feriado anual,
para una fecha distinta de verano o primavera, ocurre cuando no se dan las
condiciones para mantener el servicio en la empresa. Por ejemplo, en un
hospital, se debe seguir prestando el servicio, no se puede suspender para que
los trabajadores salgan de vacaciones.
9. ¿Puedo elegir cuántos días tomarme o eso lo
decide el empleador?
Se deben tomar a lo menos 10 días hábiles
seguidos de vacaciones (lo que corresponde a 2 semanas), el exceso de esto se
puede ir fraccionando, de común acuerdo con el empleador
10. Si no tuve
vacaciones el año pasado, ¿cuántos días de vacaciones puedo tomarme ahora?
Se pueden acumular
hasta 2 períodos de feriado anual, por lo que puedo tomarme hasta 30 días de hábiles.
Primero se deben otorgar las vacaciones del período anterior y luego los
correspondientes a esta año.
11. ¿Si estoy con licencia y mis vacaciones ya
estaban pedidas, empieza igual o se corre?
No, la licencia médica prevalece por sobre el
feriado anual, por lo que se entenderá que no se han tomado, y se tendrán que
solicitar con posterioridad a la licencia médica.
Autor : Valeska León.
si estoy con licencia medica puedo postergar mi feriado legal
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